Extensión efectos sentencia ortografía 2019 Policia Nacional.

Por Resolución de 30 de mayo de 2019, de la Dirección General de la Policía (BOE Núm. 133 de 4 de junio de 2019), se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía. En las bases de dicha convocatoria  se estipula en relación con la prueba de ortografía, en el punto “6.1.2.b):

  1. b) Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario para evaluar la capacidad ortográfica del opositor. Para su calificación se utilizará la fórmula de corrección aplicada a la prueba de conocimientos.  La calificación será de «apto» o «no apto».

Los interesados dispondrán de un plazo de dos días naturales, contados a partir del siguiente al de su publicación, para impugnar cualquiera de las preguntas integrantes de los cuestionarios de conocimientos y ortografía. Bajo criterios de celeridad, economía y eficacia, las impugnaciones se deberán de presentar al Tribunal a través de la dirección del correo electrónico: secretariaprocesos.dfp@policia.es”.

En dicha prueba se consideraron invalidas las respuestas dadas por cientos de opositores a las palabras ‘reditar’ y ‘preminente’, con una ‘e’ en lugar de dos, a las siglas LGTBI y a la palabra ‘cibertaque’.

Tras la interposición de sendos recursos contra el acuerdo del tribunal de selección por el que se establecían las puntuaciones en dicha prueba, en fechas revientes el TSJM ha dictado sentencia en la se han dado por válidas  esas 4 respuestas, lo cual puede implicar que cientos de aspirantes en idéntica situación y que fueron declarados no aptos en dicha prueba, puedan reclamar que se les extiendan los efectos de dicha sentencia. Esta opción de la extensión de efectos de sentencia solo estaría disponible para aquellos aspirantes que no hubieran recurrido en alzada la nota de la entrevista, ya que aquellos que lo hubieran hecho y no hubieran recurrido al contencioso, podrían verse afectados por la exclusión de extensión de efectos prevista en el art. 110 LJCA.

Si usted en su día no interpuso recurso de alzada contra el resultado de la prueba de ortografía y desea que iniciemos los trámites de extensión de efectos de sentencia, debería usted remitirnos urgentemente al correo electrónico consultas@suarezvaldes.es su plantilla de respuestas de la prueba de ortografía de la convocatoria del 2019, el boletín de aceptación de condiciones de recurso que se adjunta relleno y poder para pleitos y justificante de pago de la provisión de fondos para honorarios de abogado y procurador en cuantía de 400 € + IVA .

No se garantiza la viabilidad del procedimiento.

Quedamos a su entera disposición

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