Los abogados especialistas en Derecho Policial y Militar de Gabinete Jurídico Suárez – Valdés siguen ganando sentencias para sus afiliados y clientes, en defensa de sus derechos laborales.
Resulta de vital importancia, dadas las sentencias en contra cosechadas por diferentes colectivos asociativos sobre temas idénticos, el caso de la reclamación efectuada por nuestro despacho en nombre de los compañeros Guardias Civiles destinados en la SEPROSE (Sección de Protección y Seguridad) de la Comandancia de Barcelona, que además de desarrollar funciones de vigilancia de acuartelamiento propias de su destino y especialidad, también desarrollaban otras como son la conducción y escolta de presos desde y hasta Centros Penitenciarios, de detenidos, etc, propios de la especialidad de seguridad ciudadana. Sin embargo lo anterior estos agentes veían como la Dirección General de la Guardia Civil les denegaba su derecho al cobro del CES de cuantía superior destinado a retribuir dichas funciones .
Efectuada reclamación en dicho sentido por los abogados de Gabinete Jurídico Suárez – Valdés, la Dirección General denegó nuestra pretensión en vía administrativa, lo cual nos obligó a defender la misma en vía contenciosa. En fechas recientes nuestros esfuerzos se han visto recompensados y el TSJ de Cataluña ha evacuado una sentencia en la que reconoce el derecho de los miembros de la SEPROSE que efectúan conducciones de presos y detenidos, al percibo de la cuantía del complemento específico singular prevista presupuestariamente para la retribución de aquellos agentes que desarrollen funciones de seguridad ciudadana, lo que supondrá un incremento salarial para nuestros afiliados de unos 1500 € anuales, con efectos retroactivos desde Julio del año 2012, mas intereses.
Lo sentimos por aquellos compañeros que por el mal consejo de su asociación, se apartaron en su día del procedimiento y no lo siguieron adelante con nuestro despacho. Esto dará lugar a que en el mismo servicio habrá compañeros que si perciban el complemento de seguridad ciudadana y otros no, pese a prestar idénticas funciones.
Disponen de la sentencia recaída en nuestro apartado de sentencias por si les resultara de interés o se pudieran encontrar en situaciones similares.