La AN anula la decisión del tribunal médico de la Policía de jubilar por incapacidad a un agente ingresado en un psiquiátrico

La AN anula la decisión del tribunal médico de la Policía de jubilar por incapacidad a un agente ingresado en un psiquiátrico

La Audiencia Nacional (AN) ha anulado la decisión que tomó el 4 de marzo de 2021 el tribunal médico de la División de Personal de la Policía de jubilar por incapacidad permanente a un agente.

El informe reveló que el policía nacional tenía antecedentes de episodio de embriaguez patológica y un traumatismo craneoencefálico que le llevó a padecer trastornos mentales. Ingresó en una unidad psiquiátrica.

El policía, que fue defendido por el abogado Antonio Suárez-Valdés, fue “inhabilitado totalmente para desempeñar las funciones propias de la Policía Nacional” aunque consideraron que no lo estaba para toda profesión.

Sin embargo, los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo José Luis Gil Ibáñez, Alicia Sánchez Cordero, Fátima Blanca de la Cruz Mera y Eduardo Hinojosa Martínez han determinado en la sentencia de 29 de noviembre que se obviaron las pruebas médicas más favorables que presentó el policía que demostraban que se estaba recuperando.

EL POLICÍA LLEGÓ A APORTAR 7 INFORMES MÉDICOS

Llegó a aportar hasta siete informes médicos y dos periciales que concluían que su patología había sido superada y que, por ello, podía desempeñar funciones propias del cargo, al menos las de carácter burocrático.

Por lo que han ordenado al tribunal médico volver a examinar las aptitudes psicofísicas para, con la documentación aportada, poder volver a emitir un dictamen razonado y determinar así sus aptitudes o limitaciones para el servicio.

Y es que, el jefe del Servicio de Evaluación médica le dijo que la documentación aportada ya fue analizada por el tribunal médico y que, aún así, no consideraban que se debía de modificar el grado de incapacidad evaluado.

Antonio Suárez-Valdés, director del Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, es abogado especialista en policía y en militares.

Por tanto, los magistrados consideraron que para declarar la incapacidad permanente basta, conforme a ese precepto, que se padezca una enfermedad con el alcance y las características referidas. «Si la evolución posterior de la lesión es favorable e incluso hay una recuperación total de la patología psiquiátrica, no puede mantenerse que se tratara de un proceso crónico, irreversible o de incierta reversibilidad».

Sin embargo, el tribunal consideró que acordar su reingreso tal y como solicitó no era posible porque para ello se necesita un informe técnico sanitario que valore nuevamente al policía con todos los datos médicos necesarios.

El letrado Suárez-Valdés ha destacado la elevada beligerancia del ministerio dirigido por Fernando Grande Marlaska contra el personal en situación de incapacidad temporal.

Según informa el letrado, «el Ministerio del Interior tiene iniciada una auténtica cacería contra aquellos agentes que osan plantear una baja médica y que lleva a situaciones como la presente en que a un policía que había sufrido un traumatismo cráneo encefálico severo y al que los tribunales médicos de la Policía dictaminaron la jubilación del cuerpo, tras únicamente 8 meses de baja médica y sin darle tiempo para recuperarse».

Fuente: Confilegal