En el BOGC núm. 38, de fecha 14 de septiembre de 2021, se ha publicado la Orden General nº 21/2021, dictada por la Directora General de la Guardia Civil, en fecha 9 de septiembre, por la que se regula la especialidad de fiscal y fronteras de la Guardia Civil.
En el apartado 2 de la disposición adicional cuarta de la Orden General nº 21/2021, de 9 de septiembre, establece lo siguiente: “2. Al personal que hubiera prestado al menos un año de servicio ininterrumpido, dentro del periodo de diez años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la presente orden, en unidades fiscales y de fronteras se le reconocerá la cualificación específica FFB o FFD, según corresponda.
Para ello la persona interesada, durante los dos años posteriores a la entrada en vigor de la presente orden, deberá solicitar dicho reconocimiento a la Jefatura de Enseñanza, debiendo ir acompañada del certificado de la Comandancia o unidad similar donde prestaron servicio, así como del informe de la Jefatura Fiscal y de Fronteras.”
Los interesados primero, deberán descargar las solicitudes de certificado de la Comandancia e informe de la Jefatura de Fiscal y Fronteras, cursar ambas por conducto y cuando se reciba contestación con los documentos solicitados, debe rellenar la instancia de petición de convalidación de la especialidad, cursándola por conducto y adjuntando a la misma el certificado y el informe previamente recibidos
– Modelo solicitud de certificado Comandancia – Descargar
– Modelo solicitud informe – Descargar
Cuando reciba contestación con los documentos solicitados, podrá cursar la instancia adjuntando el certificado y el informe recibidos.