Son muchos los militares que para poder conciliar su desempeño profesional en las FAS, con el cuidado de sus hijos, se ven obligados a solicitar la reducción de su jornada laboral, con el perjuicio económico que dicha medida trae aparejada.
En un principio, el Ministerio de Defensa otorgaba una cobertura muy amplia a dicho derecho, exonerando completamente a sus miembros del desarrollo de guardias, servicios y maniobras, pero, como viene siendo una desagradable práctica en los últimos diez años, el ejecutivo introdujo, en el año 2011, una modificación de la normativa vigente sobre la materia, que a la postre, comenzó a ser utilizado en las unidades para restringir dicho derecho de exoneración, estableciéndose limitaciones porcentuales a la misma y obligando, de facto a los militares a desarrollar un porcentaje variable de las guardias y servicios que inicialmente habrían de corresponderles y participar en maniobras.
Como resulta obvio, el nombramiento de este tipo de actividades, tales como guardias de 24 o 72 horas consecutivas o el desarrollo de maniobras durante días enteros, interfieren directamente en el disfrute de la reducción de jornada concedida y la desnaturalizaban, hasta el punto de hacerla perder su fundamento primario, al imponer a los afectados, una detracción económica, a la que ven añadida la obligación de desarrollar prestaciones de servicios en momentos en los que no tienen con quien dejar a sus hijos.
La angustiosa situación a la que esta práctica abocó a varios de nuestros clientes, motivó que por los abogados especialistas en derecho militar de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, se interpusieran sendos recursos contra las resoluciones por las que se concedía a los mismos la reducción de jornada, pero no se les exoneraba de guardias y servicios. En fechas recientes, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nos ha dado la razón, reconociendo el derecho de uno de nuestros recurrentes a la total exoneración de guardias, servicios y actividades análogas durante la vigencia de su reducción de jornada. Consultado Antonio Suárez-Valdés, letrado director de la causa, el mismo refiere que esta sentencia marcará el camino que en lo sucesivo deban seguir aquellos que sufran nombramientos de servicios abusivos durante el disfrute de su derecho a la reducción de jornada para el cuidado de sus hijos.
Dto. de Comunicación de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés.