Nuestro defendido padeció una apnea del sueño, derivada de una situación de sobrepeso. Con su tesón y fuerza de voluntad, logró perder una gran cantidad de kilos, lo cual, unido a una sencilla operación de cirugía nasal, hizo que desaparecieran por completo los síntomas y efectos de su antigua patología. Pese a acreditar este particular a los Tribunales Médico Militares, sin embargo la Subsecretaría de Defensa acordó limitar al agente para la conducción de vehículos y para el desarrollo de servicios nocturnos, tras la incoación del correspondiente expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas. Dicha resolución fue recurrida por Gabinete Jurídico Suárez-Valdés ante la jurisdicción contencioso administrativa. Estudiado el expediente, nuestros letrados pudieron comprobar como, durante la incoación del expediente de insuficiencia, se habían excedido los plazos de caducidad, siendo este particular alegado en la demanda.
En fechas recientes el Juzgado Central de la Audiencia Nacional nos ha dado la razón anulando la resolución recurrida, al entender que el Ministerio de Defensa, en este caso, habría superado el plazo de los 6 meses con que cuenta para la resolución de los expedientes de insuficiencia de condiciones psicofísicas, con lo que el mismo habría caducado. El Juzgado entiende en su sentencia que los plazos de incoación del expediente, deben incluir la adecuada notificación al encartado, de acuerdo con la doctrina del TS sobre la materia.
Recomendamos a todos aquellos afectados por este tipo de expedientes, que revisen sus plazos de caducidad.
Si todavía no eres afiliado nuestro, ahora es el momento. Defiende tus derechos con nuestro despacho, los mejores abogados especialistas te asesorarán y defenderán.