A nuestro defendido se le había designado como Jefe de la Guardia de un acuartelamiento, iniciando su servicio con normalidad. No obstante, durante el transcurso del mismo se sintió indispuesto y se recostó unos instantes en una cama puesta a disposición del cuerpo de guardia, con tan mala suerte que en esos momentos apareció en dicho cuerpo de guardia el General al mando del acuartelamiento, preguntando por el. Como quiera que observó que el Cabo se encontraba recostado y pese a las explicaciones de este, el General elevó parte al Juzgado Togado contra el mismo, por la presunta comisión de un delito de abandono de servicio de armas.
Asumida la defensa del Cabo por Gabinete jurídico Suarez-Valdés-IURISCONTENCIA, por el Togado se practicaron cuantas averiguaciones se consideraron pertinentes.
En fechas recientes el Juzgado Togado Militar de Valladolid ha evacuado auto por el cual se archiva la causa, al entender el mismo que no consta acreditado en la misma, la imposibilidad de ausentarse durante la Guardia del cuarto de monitores, por ser además obligatorio el establecimiento de turnos de descanso y porque según el plan de seguridad del acuartelamiento, el Cabo no tenía la consideración de centinela.