Delito militar de abandono de destino: el Tribunal Supremo revoca la sentencia del Tribunal Militar Territorial IV de la Coruña que condenaba a un militar por delito de abandono de destino

R.G. militar profesional del ET fue condenado por el Tribunal Militar Territorial IV de la Coruña por la comisión de un delito de abandono de destino, a la pena de tres meses y un día de prisión, extremo este que lleva aparejada la resolución del compromiso militar y la expulsión de las FAS. Una vez recibida la sentencia R.G se puso en contacto con Gabinete Jurídico Suárez-Valdés para que analizáramos dicha sentencia y solicitáramos la venia a sus anteriores abogados. Finalmente, tras un minucioso estudio, nuestros abogados especialistas en derecho militar y de la Guardia Civil pudieron detectar una quiebra en la sentencia del TMT IV, interponiendo recurso de casación contra la misma, al entender que se había vulnerado en el juicio celebrado ante dicha Sala, el derecho de prueba que asistía y asiste al acusado, al no haberse celebrado una prueba pericial solicitada por el mismo y haber pretendido sustituir dicha Sala la prueba solicitada por el acusado, por otra de su libre apreciación.
En fechas recientes el Tribunal Supremo nos ha dado la razón entendiendo que la introducción de un informe no ratificado mediante el que se pretenden sustituir las ventajas de los principios de contradicción e inmediación, no se ajusta a las exigencias del derecho de defensa y a un proceso con todas las garantías. Es por ello que el Supremo revoca la sentencia de Coruña y obliga a repetir el juicio para que se pueda practicar la prueba necesaria en el mismo.
Una buena noticia para este militar que se veía abocado a una inexorable expulsión y que ahora tendrá una segunda opción de defensa.